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Guía práctica para la Operación Renta 2022

6 abril, 2022

Durante este mes de abril se está realizando la Operación Renta, declaración anual de impuestos que deben completar más de 3,5 millones de contribuyentes a través del Servicio de Impuestos Internos. Académico de los programas de Contador Auditor e Ingeniería Comercial Advance de la USS, explica detalles del proceso. 

¿Quiénes deben declarar la renta?

José Carrasco, académico de las carreras Advance de Contador Auditor e Ingeniería Comercial de la Universidad San Sebastián, señala que en el caso de las personas, están obligadas a declarar renta y presentar el Formulario 22, quienes durante 2021:

a) Tuvieron un ingreso anual superior a los $8.775.702(13.5 UTA al 31/12/2021), salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador.

b) Tuvieron más de un empleador o pagador.

c) Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.

d) Realizaron el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en su AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295, y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($19.501.560).

e) Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga la primera cuota correspondiente al 10% del monto solicitado (si prepagó el monto total del préstamo 2020, debe declarar si tuvo retenciones adicionales en su sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes).

f) Si bien no están obligados, pueden declarar renta quienes quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario; por ejemplo, la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios y/o crédito por gastos en educación.

Novedades para las empresas

En el caso de las personas jurídicas o empresas, todas tienen que presentar su declaración de renta. Para ellas, indica Carrasco, la operación renta 2022 trae varias novedades. Una de ellas es que la presentación de la Declaración Jurada 1887, ahora se hace en base al libro de remuneraciones. “El Servicio de Impuestos Internos ha confeccionado la Declaración Jurada 1887 por una única vez el 17 de marzo, con la información vigente al 16 de marzo, contenida en el Libro de Remuneraciones Electrónico de la Dirección del Trabajo”, señala.

Además, se han realizado algunas modificaciones en las declaraciones juradas a presentar. “En el caso de la DJ 1887, se agrega una columna que permite declarar la retención adicional del 3% del Préstamo Solidario 2020 realizada en 2021, virtud de la Ley N°21.252. Estos montos se dedicarán íntegramente a apoyar el pago de la primera cuota del Préstamo Solidario, que debe realizarse en la Operación Renta 2022″, dice el docente. Para la DJ 1879, adicionalmente, se eliminó la columna de Trabajadores de las Artes y Espectáculos, debido a un cambio legal.

Con respecto a los regímenes tributarios, el académico recuerda que la Ley de Modernización Tributaria establece los regímenes vigentes a partir del 1 de enero de 2020, que están operativos desde la Operación Renta 2021: Régimen General (semi integrado)Propyme General, Propyme Transparente y Renta Presunta.

Sin embargo, otra novedad para este año tributario 2022 es la incorporación de asistentes para los regímenes Propyme. “Si le corresponde presentar las declaraciones de renta para el Régimen Propyme General o Propyme Transparente, contará con el apoyo de asistentes que le facilitarán los procesos de declaraciones juradas 1947 y 1948; Registro de Compras y Ventas; Declaraciones de Impuestos Mensuales (Formulario 29) y los intereses percibidos o ganados”, señala Carrasco.

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